# Subvención de 30.000 € al Observatorio IDP Barcelona para estudiar el modelo territorial

> El Gobierno concede directamente, sin convocatoria pública, una subvención de 30.000 euros al Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona. Servirá para financiar en 2027 el Foro de las Autonomías, el Informe de Comunidades Autónomas, el Anuario del Gobierno Local y otras actividades de estudio del modelo territorial.

- Fuente oficial: [Real Decreto 811/2026, de 7 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona, para la realización de actividades para el estudio del modelo territorial español.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20913) (BOE-A-2026-20913, BOE núm. 250 de jueves, 8 de octubre de 2026)
- Tipo: Real Decreto · Sección: Ayudas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: ONG o asociación, Investigador/a, Administración
- Temas: Ayudas y subvenciones, Administración, Ciencia e innovación
- Plazo principal: Diez días hábiles: Presentación de la solicitud por el Observatorio, desde la entrada en vigor del real decreto

## Qué tienes que hacer

El Observatorio debe presentar su solicitud por vía electrónica a la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, con presupuesto y memoria de actuaciones, y después justificar el gasto con una cuenta justificativa.

## Puntos clave

- Subvención directa de 30.000 euros al Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona
- Financia el Foro de las Autonomías, el Informe de Comunidades Autónomas y el Anuario del Gobierno Local
- Las actuaciones deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2027
- Pago único anticipado; la entidad justifica los gastos en los tres meses siguientes a la ejecución
- No se puede subcontratar la actividad, salvo gastos accesorios

## Plazos

- **Presentación de la solicitud por el Observatorio, desde la entrada en vigor del real decreto**. Texto del BOE: «La entidad beneficiaria deberá presentar la solicitud en el plazo máximo de diez días hábiles desde su entrada en vigor.»
- **Plazo máximo para resolver y notificar la concesión, desde la entrada en vigor**. Texto del BOE: «El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses a partir de la entrada en vigor de este real decreto.»
- **Periodo de realización de las actuaciones subvencionadas** (31 de diciembre de 2027). Texto del BOE: «El plazo de realización de las actuaciones subvencionadas será el comprendido entre el 1 de enero de 2027 y el 31 de diciembre de 2027.»
- **Justificación de la subvención tras finalizar el plazo de ejecución**. Texto del BOE: «en el plazo de tres meses tras la finalización del plazo de ejecución»

## Importes

- **30.000 euros**: Importe de la subvención, en un único pago anticipado. Texto del BOE: «El importe de la subvención ascenderá a 30.000 euros»

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/08/d/BOE-A-2026-20913). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
