Jueves, 8 de octubre de 2026BOE núm. 250 · 208 publicaciones · 51 explicadas · días anteriores
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Subvenciones directas a entidades del sector agroalimentario y pesquero para 2026

El Gobierno concede de forma directa, sin convocatoria pública, 24 subvenciones a entidades de ámbito nacional del sector agrario, pesquero y alimentario. Entre ellas hay federaciones de regantes, cooperativas, la industria alimentaria, fundaciones y centros de investigación. También corrige un error en el reglamento de la intervención vitivinícola.

Qué tienes que hacer

Las entidades beneficiarias nombradas deben presentar su solicitud por vía electrónica en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con presupuesto detallado, declaración de otras ayudas y declaración responsable.

Plazo
Quince días
Presentación de solicitudes por las entidades beneficiarias, desde el día siguiente a la entrada en vigor
Importe
1.171.162,50 €
Cooperativas Agroalimentarias de España: competitividad, modernización y formación

Puntos clave

  1. Las subvenciones se dan a entidades concretas nombradas en la norma, sin concurrencia competitiva.
  2. Cada entidad debe presentar su solicitud en 15 días desde el día siguiente a la entrada en vigor.
  3. La resolución debe dictarse y notificarse en seis meses; si no, se entiende desestimada.
  4. Las mayores cuantías son para Cooperativas Agroalimentarias (1.171.162,50 €) y FIAB (580.949,60 €).
  5. Se elimina el inciso final del apartado 3 de la disposición transitoria sexta del Real Decreto 905/2022.

Importes

1.171.162,50 €

Cooperativas Agroalimentarias de España: competitividad, modernización y formación

ascenderá a la cuantía de 1.171.162,50 euros
580.949,60 €

FIAB: fomento e innovación de la industria agroalimentaria

ascenderá a la cuantía de 580.949,60 euros
550.000 €

EXPASA Agricultura y Ganadería: desarrollo de sus actividades

ascenderá a la cuantía de 550.000 euros
300.000 €

Fundación AZTI: investigación pesquera y oceanográfica

ascenderá a la cuantía de 300.000 euros
250.000 €

Centro Nacional de Tecnología y Seguridad Alimentaria: ecosistema de innovación

ascenderá a la cuantía de 250.000 euros
150.000 €

FENACORE: XVI Congreso Nacional de Comunidades de Regantes

ascenderá a la cuantía de 150.000 euros

Plazos

Presentación de solicitudes por las entidades beneficiarias, desde el día siguiente a la entrada en vigor

en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la entrada en vigor de este real decreto

Plazo para resolver y notificar la concesión

El plazo para dictar y notificar la resolución de concesión será de seis meses desde la entrada en vigor del presente real decreto

Subsanación de defectos en la solicitud

en el plazo máximo de diez días hábiles

Entrada en vigor

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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